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¿Sabe las ventajas fiscales que puede tener a la hora de vender su vivienda habitual?

Cuando vende su vivienda habitual en España y usa ese dinero para reinvertir, bien para otra vivienda habitual o bien para reformar la que va a ser su vivienda habitual, la ganancia de capital esta exenta de pagar impuestos. Sin embargo, si no va a reinvertir el importe total, el capital obtenido y no usado para adquirir una nueva propiedad si tendrá que pagar impuestos. Empezaremos detallando cómo se calcula el impuesto sobre las ganancias de capital y así saber lo que se puede ahorrar para a continuación detallar los requisitos para obtener la exención.


Impuesto sobre las ganancias de capital

El impuesto sobre las ganancias de capital grava el capital ganado cuando vende su propiedad. La ganancia de capital es la diferencia entre el valor de adquisición y el valor por el que se transfiere la propiedad. El valor de adquisición es, en general, definido como el precio de compra más las inversiones y mejoras realizadas más los gastos de la compra. El valor de transferencia es el precio de venta menos los gastos de la venta. Todos los costes deducibles han de ser demostrados con facturas. 

Una vez se sepa la ganancia de capital, el impuesto se calcula utilizando los tipos de la siguiente tabla:


Este es el impuesto que se ahorra cuando reinvierte el capital ganado por la venta de su vivienda habitual.


Requisitos para la exención

  • La propiedad que se vende tiene que ser su vivienda habitual. Esto quiere decir, que dicha propiedad tiene que ser su residencia permanente por lo menos tres años antes de la venta. Si lo que se compra es una vivienda nueva para convertirla en su residencia habitual, tiene un plazo de doce meses después de la compra para mudarse a ella y residir en dicha propiedad al menos 3 años.
  • La compra o arreglo de lo que va a ser su nueva vivienda habitual tiene que tener lugar en los dos años anteriores o posteriores a la venta de la que hasta ahora era la vivienda habitual. 

** En cualquier caso, si el vendedor es mayor de 65 años, la ganancia de capital que se genere cuando venda su vivienda habitual estará completamente exenta de este impuesto.


Como cada caso es diferente, es muy recomendable que compruebe sus propios detalles con su abogado o asesor fiscal.

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