Cuando hablamos sobre los gastos que tiene el propietario de una vivienda en España, es necesario separar los gastos de mantenimiento y los que no están estrictamente relacionados con ese mantenimiento.
1.–Impuesto sobre Bienes Inmuebles — (I.B.I)
El I.B.I. (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) es un impuesto anual que afecta a todas las propiedades españolas. El I.B.I. es un impuesto local que abonan los propietarios de viviendas independientes residenciales y que se paga al Ayuntamiento. Este impuesto está destinado al mantenimiento de las infraestructuras y servicios de la localidad. El impuesto se calcula aplicando un porcentaje (en Benahavís es el 0,4%) al valor catastral de la propiedad.
2.– Basura
La Basura es un impuesto local que tienen que abonar al Ayuntamiento los titulares de propiedades consideradas residenciales. Con este impuesto se sufragan los gastos por el servicio de recogida de basuras del Ayuntamiento. Cada Ayuntamiento establece sus propias tasas que van desde una cantidad fija anual hasta un porcentaje del valor catastral de la propiedad.
3.– Impuesto del Patrimonio
Este impuesto afecta a residentes y no-residentes como propietarios de una vivienda en España y tiene muchas particularidades, por lo que es recomendable que cada propietario contacte con un asesor fiscal para obtener información adicional.
4.– Impuesto de No-residentes
Este impuesto anual afecta solo a los no-residentes en España. Hay dos modalidades dependiendo de si la propiedad es alquilada o no.
· Alquilada: la base para el cálculo del impuesto es el ingreso anual recibido y declarado por el alquiler de la propiedad (cada propietario tiene la obligación legal de declarar sus ingresos) . El impuesto se calcula aplicando el 25% del total de los ingresos.
· No alquilada: En este caso la base se calcula aplicando el 2% sobre el valor catastral de la vivienda.. El impuesto se calcula aplicando el 25% sobre esta base.
5.– Gastos de comunidad
Cuando usted vive en una comunidad de propietarios, ya sea un edificio, una urbanización o una agrupación de villas independientes, y siempre que tenga elementos o servicios comunes, se generarán unos gastos de mantenimiento (piscina, jardín, iluminación, seguridad, etc.) que deberán ser compartidos por los propietarios de la misma. El administrador preparará un presupuesto anual calculándose las cuotas que corresponden a cada propietario en función de un porcentaje asociado a la propiedad.
6.– Seguro
Aunque no es obligatorio en España tener un seguro de hogar, es muy recomendable ya que no vale la pena el riesgo que supone no tenerlo.
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