Me han preguntado unas cuantas veces estas mismas preguntas: ¿Como tengo total seguridad al comprar una propiedad en España? ¿Como sé si el vendedor no ha vendido la propiedad a otro comprador una hora antes de la firma en la notaria?, o, ¿qué ocurre si se anota un embargo sobre la propiedad la misma mañana que estoy comprando? ¿Como se controlara esto en España?
La respuesta es: a través de la información que el Registro de la Propiedad proporciona a la Notaria. Voy a ir paso a paso:
1.– ¿Que es el Registro de la Propiedad?
El Registro de la Propiedad es una institución publica que crea titularidades sobre los inmuebles activos para garantizar la legalidad y seguridad de Inmobiliaria. La propiedad o derechos sobre las propiedades son adquiridos a través del Registro de la Propiedad. La institución depende del Ministerio de Justicia de España.
Puede sonar complicado, por lo que simplificando, es un registro de propiedades y derechos de los mismos (por ejemplo, derechos de vista, derechos de paso, embargos, hipotecas, etc…) con sus propietarios y los propietarios de dichos derechos.
2.– ¿Que es una Nota Simple?
La Nota Simple es un documento informativo no certificado que muestra un extracto del contenido de las entradas de la propiedad en los libros del Registro de la Propiedad. Identifica la propiedad, el propietario o propietarios de los derechos legales registrados sobre esa propiedad y las limitaciones de esos derechos.
Lo que es relevante de la definición de la Nota Simple es que es solo un documento informativo que no tiene valor legal como prueba lo que es de por si muy importante. Si hay errores, el Registro de la Propiedad no se responsabilizará por ellos.
3.– ¿Que es una Nota Simple Continuada?
Se conoce también como Información Registral Continuada. Este es el elemento que proporciona seguridad total a las transacciones inmobiliarias en España ya que garantiza al comprador el estado real de las propiedades y derechos sobre las mismas ya que el Registro de la Propiedad informará al Notario de cualquier cambio sobre los mismos. La Notaria pide dicha Nota Simple Continuada al Registro de la Propiedad con tres días de antelación a la firma de la escritura para comprobar el propietario y estado real de cargas sobre la propiedad. Durante un periodo de diez días tras dicha petición, el Registro de la Propiedad tiene que comunicar a la Notaria cualquier cambio de propietario y/o derechos sobre esa propiedad o sobre cualquier petición de cambio de los mismos.
* Como cada caso es diferente, es muy recomendable que compruebe sus propios detalles con su abogado o asesor fiscal.